SEÑORES CLIENTES
Con fecha 29/10/2021 se ha aprobado la nueva moratoria fiscal, bajo las siguientes características:
- Condonación de deudas para determinadas entidades y monotributistas que registren deudas inferiores a los $ 100.000 y hayan vencido antes del 31/08/2021.
- Reapertura de la moratoria fiscal que estuvo vigente el año pasado para pagar obligaciones impagas hasta el 31/08/2021, incluido los planes de pagos vigentes y deudas de planes que hayan caducado antes de fin de agosto. De esta manera, se habilita a regularizar sus deudas a los contribuyentes que incumplieron con la moratoria anterior.
Se agrega que para mayores precisiones y vencimiento se debe esperar la reglamentación de la Ley.
Atentamente.
Ver mas información aqui: https://www.iprofesional.com/impuestos/350767-alivio-fiscal-quienes-acceden-beneficios-y-perdon-de-afip