SANTA ROSA, 25 de Enero de 2021
ESTIMADOS CLIENTE
Por intermedio de la presente queremos informar a Ud. que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ha actualizado los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos de los consumidores finales en las operaciones de venta, todo ello enmarcado dentro de la Resolución General 1415, modificada por la Resolución General 4444, otras modificatorias y concordantes.
En este sentido se debe identificar al adquirente:
- Cuando las ventas minoristas y por operación sea de un importe igual o superior a $ 20.392
- Cuando las ventas minoristas y por operación sea por un importe superior a $ 466 y no se cancele con medios electrónicos de pagos autorizados (tarjeta de débito/crédito o transferencia bancaria.)
- Cuando la actividad principal del vendedor sea comercialización mayorista, salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 10.466 y sea cancelada por medios electrónicos.
Los comprobantes a emitir deben contener, respecto al comprador:
- Apellido y nombres, completos.
- Domicilio
- CUIT – CUIL – CDI o DNI
Lo informado, cumplido adecuadamente, redundará en evitar posibles verificaciones y/o sanciones por parte de la AFIP.
Atentamente.